Seguridad Social

Pensión por fallecimiento: quiénes tienen derecho a cobrarla

Por Dra. Adriana Micale — actualizado 2026-10-23

Respuesta rápida: Cuando fallece una persona jubilada o en actividad con aportes, su familia puede tener derecho a una pensión. Te explicamos quiénes son los derechohabientes, qué requisitos se piden y qué hacer si ANSES rechaza el pedido.

¿Qué es la pensión por fallecimiento?

Es el beneficio que pueden cobrar los familiares (derechohabientes) de una persona jubilada, o que sin estar jubilada reunía los aportes necesarios al momento de fallecer. No depende de un trámite que haya iniciado el fallecido en vida, sino de un pedido que hacen quienes quedan a cargo.

¿Quiénes tienen derecho a cobrarla?

En términos generales, el cónyuge o la persona conviviente (con los años de convivencia que exige la normativa, aunque no haya matrimonio formal), los hijos menores de edad o con discapacidad, y en algunos casos otros familiares que estaban a cargo del fallecido. Cada situación familiar es distinta, así que conviene revisar quién encuadra en tu caso puntual.

Qué pasa si hay más de un reclamante

No es raro que se presenten varias personas con posible derecho al mismo tiempo — por ejemplo, un ex-cónyuge con cuota alimentaria vigente y una pareja conviviente actual. En esos casos el beneficio puede dividirse o discutirse entre los distintos derechohabientes, y conviene asesorarse para no perder el reclamo por falta de la prueba adecuada.

Qué hacer si ANSES rechaza el pedido

Un rechazo administrativo no es la última palabra: se puede recurrir esa decisión, y si el reclamo administrativo no prospera, queda la vía judicial para que un juez revise la negativa.

Errores comunes

Preguntas frecuentes

¿La pareja conviviente, sin estar casados, tiene derecho?

Sí, en general, si se puede acreditar la convivencia por el tiempo que exige la normativa — te asesoramos sobre qué pruebas sirven.

¿Los hijos mayores de edad pueden cobrar pensión?

Depende de su situación (estudios en curso, discapacidad) — lo evaluamos en la consulta.

¿Qué pasa si hay un ex-cónyuge con cuota alimentaria?

Puede tener derecho a una parte del beneficio — es una situación que conviene evaluar con asesoramiento.

¿Cuánto tarda en resolverse el trámite?

Varía según la complejidad del caso y si hace falta acreditar convivencia u otros vínculos.

¿Cuánto cuesta la consulta?

La primera consulta y la evaluación de tu situación no tienen costo.

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